Con el objetivo de promover y proteger la inversión en todos los sectores de la actividad económica se crea el Régimen de Estabilidad Jurídica mediante la Ley 54 de 22 de julio de 1998. Los beneficios de aplicar consisten en estabilidad: jurídica, impositiva, tributaria y de los regímenes aduaneros existentes.
Entre las actividades incentivadas se encuentra las siguientes: turísticas, industriales, agrícolas de exportación, agroforestales, mineras, zonas francas, zonas libres comerciales y de petróleo, telecomunicaciones, construcciones, desarrollos portuarios y ferrocarriles, generación de energía eléctrica, proyectos de irrigación y uso suficiente de recursos hídricos.
Obligaciones de los Inversionistas :
- Presentar a la entidad competente para regular la inversión un plan de inversión que incluya la obligación de invertir la suma mínima de dos millones de dólares ($2,000,000.00), que deberán ser ejecutados en el término establecido por la Ley que regule la actividad, o en los demás casos en un plazo mínimo de dos (2) años.
- Estar inscrito en la entidad encargada de promover y fiscalizar dicha inversión.
- Cumplido el plazo para efectuar la inversión, se deberá acreditar el monto de la inversión y la actividad desarrollada.